El bono de incentivo para el retiro voluntario es un beneficio adicional disponible para los empleados públicos que opten por el retiro voluntario. Este aporte económico se otorga de manera única y está dirigida a aquellos que cumplan con una serie de requisitos específicos.
Según lo expuesto, los empleados públicos que cumplen ciertos requisitos pueden acceder a esta bonificación. Estos requisitos incluyen haber cumplido 60 años de edad (en el caso de las mujeres) o 65 años de edad (en el caso de los hombres) entre el 1 de julio de 2014 y el 31 de diciembre de 2024, o haber alcanzado esas edades antes del 30 de junio de 2014. Además, se deben cumplir otros requisitos relacionados con los años de servicio del solicitante.
Es importante destacar que el solicitante debe finalizar su contrato de trabajo de forma voluntaria o por decisión del empleador, invocando necesidades de la empresa, establecimiento o servicio como causales.
¿Cuáles son los montos a recibir?
El monto total que se otorga varía según las funciones que haya desempeñado el postulante. De igual manera se tomarán en cuenta sus años de servicio.
En esta línea, los casos son los siguientes:
- Auxiliares y administrativos: Si tienen 20 años o más de servicio recibirán 320 Unidades Tributarias Mensuales ($20.235.520, al mes de junio de 2023). Si tuvieron entre 18 y 20 años de servicio, el monto asciende a 233 UTM ($14.733.988)
- Técnicos: Si cuentan con 20 o más años de servicio su bonificación será de 404 UTM ($25.547.344) y 303 UTM ($19.160.508) para el rango de 18 a 20 años de servicio.
- Profesionales, directivos y fiscalizadores: Recibirán 622 UTM ($39.332.792) si tienen más de 20 años de servicio, y 466 UTM ($29.509.916) si su período de desempeño fluctuó entre los 18 y 20 años de servicio.
Es importante mencionar que este subsidio es de cargo fiscal, no es imponible ni constituirá renta para ningún efecto legal, por lo que no tendrá ni un descuento asociado.
Los plazos para postular
Además, es necesario considerar que el solicitante debe completar este proceso dentro de los 90 días posteriores al cumplimiento de la edad legal para jubilarse. Si no se lleva a cabo el trámite dentro de ese período, se entenderá que el empleado renuncia de forma irrevocable a los beneficios correspondientes.
Por último, la solicitud debe presentarse en la institución empleadora respectiva.