Como es costumbre, cada año las entidades bancarias publican el listado de acreencias bancarias. Se trata de dinero que ha quedado “rezagado” por dos años o no han tenido movimiento alguno por parte de sus dueños, y que podrían caducar próximamente.
Según el cálculo realizado por la Comisión de Mercado Financiero (CMF), hasta ahora hay miles de millones de pesos que no han sido cobrados por sus dueños. Hay montos menores de $1.000 que no resultan ser muy significativos, pero hay otras empresas y personas naturales que deben retirar hasta $130 millones.
De acuerdo a lo establecido en la ley, si tales montos “olvidados” no son retirados después de tres años desde que las entidades bancarias confeccionaron la lista (contabilizando desde el 31 de enero de 2022), la CMF está en la obligación de redirigir el dinero para las arcas fiscales.
Consulta con tu nombre si tienes dinero por cobrar en el banco
Las personas naturales o jurídicas que deseen consultar si tienen dinero pendiente por mover en algún banco, pueden hacerlo ingresando en el sitio web dispuesto por la CMF usando solo su nombre y apellido, y dar clic a la opción de “buscar acreencias”.
El sistema dirá si hay algún dinero disponible a nombre indicado y el monto exacto, así como si está en pesos o dólares y la entidad en la que se debe hacer el retiro. Aquellos que deseen saber más aspectos sobre el pago y la acreencia, deben seleccionar la opción “Detalle”.
¿Quiénes pueden tener acreencias bancarias?
Este tipo de instrumento bancario lo pueden tener tanto personas naturales como compañías pequeñas, medianas y grandes, que son o hayan sido clientes de bancos o instituciones financieras.
Para finalizar, es importante mencionar que estos dineros no son aplicables a:
- Depósitos o captaciones a plazo indefinido o con cláusula de renovación automática.
- Boletas o depósitos de garantía.
- Sumas recibidas por cheques viajeros.
- Casos en que existe retención, prenda o embargo sobre los dineros.